Términos y Condiciones para Socios Comisionistas
Última actualización: Junio 2026
1. NATURALEZA DE LA RELACIÓN (CONTRATISTA INDEPENDIENTE)
Queda expresamente entendido y acordado que la relación jurídica que surge a partir de la aceptación de estos términos es estrictamente de naturaleza civil y comercial. El Socio Comisionista actuará en todo momento como un contratista independiente y autónomo.
Nada en este Acuerdo constituirá, ni será interpretado bajo ninguna circunstancia, como la creación de una relación laboral, de dependencia, subordinación, relación de empleador-empleado, sociedad de hecho, asociación en participación o consorcio entre RENATA y el Socio Comisionista ante el Ministerio de Trabajo, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), o cualquier otra entidad gubernamental.
En consecuencia, el Socio Comisionista reconoce expresamente que:
- No está sujeto a horarios de trabajo fijos ni a órdenes de subordinación por parte de RENATA.
- Asumirá por su propia cuenta todos los costos, gastos y recursos asociados con sus esfuerzos de promoción y difusión.
- No es elegible para ningún beneficio de naturaleza laboral, incluyendo pero no limitado a: vacaciones, décimo tercer sueldo, décimo cuarto sueldo, aportes al IESS, fondos de reserva, ni indemnizaciones por terminación de relación.
2. EXENCIÓN DE EQUITY Y PARTICIPACIÓN ACCIONARIA
El programa de Socios Comisionistas de RENATA es un esquema de recompensas basado exclusivamente en comisiones por ventas generadas a través de códigos de referido únicos y personalizados.
El Socio Comisionista RENUNCIA EXPRESAMENTE, de forma irrevocable y sin condición, a cualquier reclamo, demanda, expectativa o derecho de recibir acciones, opciones sobre acciones (stock options), cuotas de participación, equity, ni ningún tipo de propiedad intelectual o participación patrimonial en RENATA, sin importar el volumen de ventas acumuladas, el número de referidos gestionados, ni el nivel alcanzado dentro del programa.
3. PROHIBICIÓN ESTRICTA DE REVENTA DE CONTENIDO (USO DE LA HERRAMIENTA)
El Socio Comisionista comprende que, al tener acceso a la plataforma RENATA para demostraciones o uso personal, queda terminantemente prohibida la comercialización, reventa, sublicencia o distribución masiva con fines de lucro del contenido generado por la inteligencia artificial (tales como Planificaciones Microcurriculares, PCAs, material didáctico, audios, etc.).
El Socio Comisionista NO ES un distribuidor autorizado de planificaciones, ni una agencia de creación de contenido bajo el amparo de RENATA. El propósito de su acceso a la herramienta es estrictamente la promoción de las suscripciones de software. El descubrimiento de la venta de documentos generados por RENATA a terceros resultará en la terminación inmediata del acuerdo, la retención de cualquier comisión pendiente, y posibles acciones legales por violación a los derechos de explotación comercial.
4. ESQUEMA DE COMISIONES Y NIVELES
RENATA pagará al Socio Comisionista un porcentaje sobre el valor neto de cada suscripción paga efectivamente cobrada, adquirida por un usuario utilizando el código único del Socio:
- Socio Plata: 10% de comisión por venta.
- Socio Oro: 15% de comisión por venta.
- Socio Platino (Embajador): 20% de comisión por venta.
Las comisiones se calcularán únicamente sobre suscripciones efectivamente cobradas y no sobre ventas fallidas, reembolsadas o revertidas.
5. CONDICIONES DE PAGO E IMPUESTOS
- Fecha de Pago: Las transferencias bancarias se realizarán los días 5 de cada mes calendario, por los referidos que hayan pagado en el mes inmediato anterior.
- Monto Mínimo: Se requiere un acumulado mínimo de USD $15,00 para procesar la transferencia.
- Impuestos: El Socio Comisionista es el único responsable de declarar y pagar cualquier impuesto (IVA, Impuesto a la Renta). RENATA podrá solicitar una Factura o Nota de Venta válida como condición previa al pago, según requiera la legislación aplicable.
- Imposibilidad Temporal: Si RENATA atraviesa dificultades para procesar el pago, notificará con 5 días de anticipación proponiendo una fecha alternativa dentro del mismo mes.
6. CONDUCTAS PROHIBIDAS Y FRAUDE
El Socio Comisionista queda terminantemente prohibido de:
- Promocionar mediante SPAM o publicidad engañosa.
- Hacerse pasar por empleado o vocero oficial de RENATA.
- Utilizar su código para compras personales o de su núcleo cercano para generar comisiones artificiales.
- Comercializar los planes de clase generados por la plataforma.
- Divulgar información confidencial (precios, algoritmos, clientes).
7. TERMINACIÓN Y REVOCACIÓN DEL CÓDIGO
- Terminación Ordinaria: Con preaviso escrito de 15 días calendario sin expresión de causa.
- Terminación Inmediata por Causa Grave: RENATA podrá revocar el código inmediatamente por fraude, reventa de planificaciones, suplantación de identidad, violación de confidencialidad o daño reputacional. En estos casos, RENATA podrá retener el pago de comisiones pendientes como penalidad por incumplimiento de contrato.
8. JURISDICCIÓN Y ACEPTACIÓN
El presente acuerdo se rige por las leyes de la República del Ecuador, sometiéndose a los jueces de Guayaquil. Al marcar la casilla "Acepto los términos del programa de comisionistas", el Socio declara ser mayor de 18 años, aceptar los términos en su totalidad, actuar como contratista independiente sin vínculo laboral, y renunciar a cualquier reclamo de equity sobre RENATA.